Si tu pago mínimo subió este año y nadie te avisó bien por qué, no es un error del banco. Es una norma de la Comisión para el Mercado Financiero que entró en vigencia el 4 de junio de 2026 y que cambia cómo se calcula esa cifra para todas las tarjetas de crédito en Chile. Lo importante no es que ahora pagues más: es qué te estaba pasando antes, cuando pagabas menos y el saldo no se movía.
Qué cambió exactamente
La CMF publicó la normativa en junio de 2025, con entrada en vigencia un año después, el 4 de junio de 2026. Se dictó al amparo de la Ley 21.673, de 2024, que le entregó a la CMF la facultad de fijar la fórmula del pago mínimo como parte de las medidas contra el sobreendeudamiento.
La fórmula nueva tiene dos partes:
- El monto no financiable. Incluye los intereses, las comisiones, otros cargos y las cuotas sin interés. Es la parte que no se puede seguir postergando.
- Al menos un 5% del monto financiable. El monto financiable es, en lo esencial, el capital que queda pendiente. Antes de la norma, esa amortización mínima podía ser mucho menor.
Hay dos detalles más que conviene conocer. La incorporación de las cuotas sin interés al monto no financiable es gradual: sube 25% cada seis meses, hasta quedar incorporada al 100% después de dos años. Y existe una excepción acotada: el emisor puede eximir el pago mínimo por hasta dos meses consecutivos si sus políticas internas aseguran el pago total de la deuda en un plazo máximo de 24 meses.
Por qué existía el problema
El pago mínimo tiene una función legítima: darte una salida el mes en que no puedes pagar todo. El problema es que dejó de usarse como salida de emergencia y pasó a usarse como forma habitual de pago, y para eso está pésimamente diseñado.
La razón es aritmética y no tiene nada de misteriosa. Tu cuota se reparte en dos: una parte paga interés y otra baja el capital. Cuando la amortización mínima es muy chica, casi toda la cuota se va en interés y el capital queda prácticamente donde estaba. Al mes siguiente el interés se calcula sobre ese mismo capital, así que la cuota vuelve a parecerse a la anterior.
Visto desde afuera parece que estás pagando y no avanzas. Y es literalmente eso lo que está pasando. Con una amortización cercana al 1% del saldo, la deuda puede estirarse por más de una década; con un 5%, los cálculos citados al presentar la norma la sitúan en torno a los cinco años. La diferencia no está en cuánta plata tienes: está en cómo se reparte la cuota.
Hay un segundo dato que explica por qué la norma tocó las cuotas sin interés: al fundamentarla, la CMF consignó que el 84% de las personas termina pagando intereses por cuotas que se contrataron sin interés. Ocurre justamente cuando esas cuotas se arrastran dentro de un saldo que se paga al mínimo, y ahí la promesa de "sin interés" deja de cumplirse en la práctica.
¿Sabes cuánto de tu última cuota fue interés y cuánto bajó la deuda?
El capítulo 3 desarma un pago mínimo real con números chilenos, para que la pregunta deje de ser cuánto pagas y pase a ser a qué deuda.
Ver Cómo Salir de DeudasLo que la norma no hace
Conviene ser claro, porque circula bastante confusión al respecto.
La norma no reduce tu deuda. Debes exactamente lo mismo que antes del 4 de junio. Lo único que cambió es la parte de esa deuda que estás obligado a pagar cada mes.
Tampoco baja tus intereses. La tasa que te aplica tu emisor es la misma. Lo que cambia es que, al amortizar más capital, hay menos saldo sobre el cual se calculan esos intereses el mes siguiente.
Y, sobre todo, no resuelve el problema de fondo. Si estabas pagando el mínimo porque no te alcanzaba, ahora el mínimo es más alto. Para una parte de las personas esto no es una ayuda inmediata: es una cuota más exigente en un presupuesto que ya estaba justo. Esa tensión es real y no sirve de nada negarla.
Qué mirar ahora en tu estado de cuenta
La norma es una buena excusa para hacer algo que casi nadie hace: leer el estado de cuenta completo en vez de mirar solo la cifra a pagar.
Hay tres cosas que están ahí y que casi nunca se miran. Cuánto de la última cuota se fue en interés, que es el número que explica si estás avanzando o pagando por quedarte en el mismo lugar. Cuántas cuotas te quedan y de qué compras, porque casi siempre son más de las que uno recuerda. Y la tasa que te están aplicando, que es el dato que permite comparar esa deuda con cualquier otra que tengas.
Con esos tres datos, más los mismos tres de cada una de tus otras deudas, tienes el inventario completo. Y con el inventario completo puedes decidir a cuál de todas le mandas el peso extra, que es la decisión que realmente cambia el plazo. Los dos criterios que se usan para ese orden están comparados en bola de nieve vs avalancha, y cómo integrar la tarjeta al presupuesto sin volver al mismo punto, en tarjeta de crédito: cómo usarla sin endeudarte.
El punto que conviene entender
Durante años, el pago mínimo funcionó como un mecanismo que mantenía el saldo quieto sin que se notara. No era una trampa escondida: estaba a la vista en el estado de cuenta, en un renglón que nadie lee, y por eso funcionaba.
Que la norma haya subido esa cifra es incómodo este mes y aclarador en el largo plazo, porque vuelve visible algo que estaba diseñado para no serlo. Y una vez que lo ves, la pregunta cambia sola: deja de ser "cuánto tengo que pagar" y pasa a ser "a cuál de mis deudas le estoy poniendo el peso".
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Fuentes
Normativa de la Comisión para el Mercado Financiero sobre la fórmula del pago mínimo en tarjetas de crédito y sus excepciones, publicada en junio de 2025 con entrada en vigencia el 4 de junio de 2026: pago mínimo igual al monto no financiable más al menos 5% del monto financiable; incorporación gradual de las cuotas sin interés al monto no financiable a razón de 25% cada seis meses hasta el 100% en dos años; excepción de hasta dos meses consecutivos cuando las políticas del emisor aseguran el pago total en un máximo de 24 meses; facultad otorgada por la Ley 21.673 de 2024. Comunicado consultado el 27 de agosto de 2026 en cmfchile.cl. El dato de que el 84% de las personas termina pagando intereses por cuotas contratadas sin interés proviene de la misma normativa.